Prorrógase el mandato de los actuales representantes de trabajadores y
usuarios que integran los primeros Consejos Consultivos y Asesores de los
prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud, determinado en el
Inciso 3° del Artículo 7° del Decreto N° 269/008 de 2 de junio de 2008, el
que se extenderá hasta que tomen posesión de sus cargos, los que se elijan
de conformidad con el Reglamento de elecciones a que refiere el Artículo
1° del Decreto 601/009 de 28 de diciembre de 2009.