Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
febrero de 1991 en N$ 12.424,77 (nuevos pesos doce mil cuatrocientos
veinticuatro 77/100).