A efectos de lo dispuesto en el artículo 3ro. del Reglamento de Concurso
para Ingreso como Alférez de los Servicios Generales de la Dirección
Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto 24/003
de 21 de enero de 2003, no se computará la exoneración dispuesta para el
año 2010.