La Junta de Calificaciones estará integrada por:
a) el señor Director General de Secretaría, quien la presidirá;
b) la señora Directora General para Asuntos Técnico-Administrativos,
quien ejercerá la Presidencia en ausencia del señor Director General
de Secretaria;
c) el Director General para Asuntos Políticos;
d) el Director General para Asuntos Económicos Internacionales;
e) el Director General para Asuntos de Integración y MERCOSUR;
f) el Director General de Cooperación Internacional;
g) el Director General para Asuntos Culturales;
h) el Director General para Asuntos Consulares y Vinculación;
i) el Director General del Área para Asuntos de Frontera, Limítrofes y
Marítimos;
j) un delegado de los funcionarios del escalafón "M" Servicio Exterior,
quien tendrá derecho a voz y a voto, cuyo rango no deberá ser inferior
a Ministro Consejero;
k) el Director de Personal u otro funcionario de dicha Dirección que éste
designe en caso de impedimento debidamente fundado, quien ejercerá la
Secretaría de la Junta, sólo con derecho a voz. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 141/015 de 26/05/2015 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 169/013 de 06/06/2013 artículo 11.