VISTO: la conveniencia de emitir instrumentos en Unidades Indexadas.
CONSIDERANDO: lo dispuesto por la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de
2001.
ATENTO: a lo informado por la Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio
de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de UI 2.000:000.000 (dos
mil millones de unidades indexadas) en títulos denominados Notas del
Tesoro, Serie 8, a 5 años de plazo, fecha de emisión 16 de junio de 2006,
fecha de vencimiento 16 de junio de 2011 con una tasa de interés de 3.50
% anual.