Fíjase el precio del metro cúbico del gas, a percibir por la Compañía del
Gas y Dique Seco de Montevideo Limitada, para los consumos tomados a
partir de determinada fecha y se mantienen las tarifas para las
prestaciones accesorias al servicio.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 398/966 de
18/08/1966.