VISTO: lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 494/08 de 17 de octubre
de 2008.
RESULTANDO: que las dificultades surgidas en los procedimientos de
realización de concursos determinan que el plazo establecido resulta
insuficiente.
CONSIDERANDO: que es necesario implementar y aplicar el artículo 43 de la
Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006 y el artículo 26 de la Ley 18.172 de
31 de agosto de 2007.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
-Actuando en Consejo de Ministros-
DECRETA:
Prorrógase hasta el día 30 noviembre de 2010, el plazo establecido en el
artículo 2° del Reglamento de Concursos aprobado por el Decreto 516/007 de
26 de diciembre de 2007.