REGLAMENTACION DEL ART. 215 DE LA LEY 17.296, RELATIVA A LA CERTIFICACION DE LOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS ORGANICOS, DE ACUICULTURA ORGANICA Y PRODUCCION INTEGRADA




Promulgación: 24/05/2022
Publicación: 31/05/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 215.

Artículo 3

   SISTEMA NACIONAL DE LA CERTIFICACIÓN.
   Créase el Sistema Nacional de Certificación de la Producción Orgánica y de la Producción Integrada que será de adhesión voluntaria.
   Sin embargo, sólo quienes se hayan adherido formalmente al Sistema y cumplan con sus normas podrán usar en la rotulación, identificación o denominación de los productos que manejan, las expresiones "orgánicos" o sus equivalentes tales como "ecológicos" o "biológicos" así como la denominación "integrada" y utilizar las marcas de certificación que expresen esa condición.
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