(Requisitos para los donantes). Los interesados en donar al amparo de la Ley N° 20.177, de 21 de julio de 2023, deberán:
a) Estar inscriptos en el Registro Único Tributario de la Dirección
General Impositiva, a la fecha de la donación, con alguna de las
actividades comprendidas en artículo anterior.
b) Contar con las habilitaciones bromatológicas requeridas para la
producción, preparación, fabricación, transformación, elaboración,
fraccionamiento, envasado, almacenamiento, distribución o venta de
alimentos.
c) Haber suscripto por lo menos un convenio de colaboración solidaria con
una entidad debidamente inscripta en el Registro de Sujetos
Intermediarios y Organismos Públicos para la donación de alimentos,
incluido en el presente Decreto.