MODIFICACION AL REGIMEN DE ADECUACION FINAL A LA UNION ADUANERA - PRODUCTOS DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 17/05/1995
Publicación: 26/05/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 467
    Visto: el decreto Nº 568/994 de 29 de diciembre de 1994.

    Resultando: I) que el referido decreto fijó en 0% la Tasa Global
Arancelaria para la importación de productos procedentes de los demás
Estados Parte del Tratado de Asunción, con excepción de aquellos
comprendidos en el "Régimen de Adecuación final a la Unión Aduanera".

II) en la nómina de productos comprendidos en el mencionado régimen de
adecuación, se incluyó por error el item 34.01.20.90 no incluyéndose el
item 34.01.11.90, como hubiera correspondido.

    Atento: a lo expuesto

                El Presidente de la República

                           DECRETA:

Artículo 1

   Inclúyese en la nómina de productos comprendidos en el "Régimen de
Adecuación Final a la Unión Aduanera" que integra el anexo del Decreto Nº
568/994 de 29 de diciembre de 1994, el item 34.01.11.90 en sustitución del
item 34.01.20.90, con una Tasa Global Arancelaria del 18%.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - ALVARO RAMOS - FEDERICO SLINGER - CARLOS
GASPARRI
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