La Dirección General de Recursos Naturales Renovables determinará y
mantendrá actualizados los procedimientos para la identificación oficial
de los animales y productos de los criaderos, para asegurar el origen
legítimo y la trazabilidad de los mismos.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca fijará el precio a cobrar
por el servicio de identificación oficial.