Fíjanse los precios máximos para la venta al público de pan común en la
capital e interior, el de venta de la harina de molineros a industriales
panaderos, mantiénese un subsidio a la harina y se fijan sanciones para
los infractores.
Derogada/o por: Decreto Nº 514/964 de 23/12/1964 artículo 5.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 410/964 de 15/10/1964 artículo 1,
Decreto Nº 350/964 de 10/09/1964 artículo 1,
Decreto Nº 222/964 de 30/06/1964 artículo 1.