El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículos 19 y 33.
CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DEL PREGÓN
Artículo 19
(Intervención).- La intervención de los gastos generados por el procedimiento Pregón estará a cargo del Tribunal de Cuentas de la República o de sus Contadores Delegados ante el Organismo contratante de acuerdo al límite y en la oportunidad establecida en la normativa vigente.