Tratándose de selección por méritos y antecedentes se adjudicará a los
postulantes hasta un máximo de 100 puntos de acuerdo a la valoración de
los factores "méritos" y "antecedentes", con la siguiente
discriminación:
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un
máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
- hasta 35 puntos por la escolaridad.
- hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación
complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de
aprobación.
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la
experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de
hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos
inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año.
Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos
asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente
forma:
- hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada
fehacientemente.
- hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3
puntos por año.
El Tribunal actuante podrá disminuir el puntaje del factor antecedentes
entre 10 y 30 puntos, cuando el concursante cuente con una evaluación
anterior no satisfactoria resultante de su actuación bajo la presente
forma de contratación así como de cualquier otra vinculación con el
Ministerio de Salud Pública, u otros antecedentes disciplinarios
debidamente comprobados.