MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA. MEF




Promulgación: 14/07/1999
Publicación: 29/07/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 66
Derogada/o por: Decreto Nº 192/006 Derogada/o de 21/06/2006 artículo 5.
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 217/997, de 25 de junio de 1997,
que aprueba el proyecto de reformulación organizativa de la Unidad
Ejecutora 005 -Dirección General Impositiva-, del Inciso 05 "Ministerio
de Economía y Finanzas", al amparo de lo dispuesto en los artículos 707º
y siguientes de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y su Decreto
Reglamentario Nº 186/996, de 16 de mayo de 1996.-

RESULTANDO: I) que de conformidad con lo establecido en los Decretos
Nros. 186/996, de 16 de mayo de 1996 y 217/997, de 25 de junio de 1997,
respectivamente, la Dirección General Impositiva presentó a consideración
del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de
estructura organizacional comprendiendo hasta el nivel de Sección.-

II) que asimismo, del análisis del funcionamiento de la nueva
organización, resulta necesario introducir ajustes a la nómina de puestos
de trabajo correspondiente a declaraciones de excedencia y a retiros
incentivados.-

CONSIDERANDO: I) que el artículo 710º de la Ley Nº 16.736 citada,
autoriza a adecuar la estructura organizativa interna de cada unidad
ejecutora.-

II) que el proyecto presentado ha sido analizado por el Comité Ejecutivo
para la Reforma del Estado, el que ha entendido que cumple con los
objetivos de racionalización perseguidos.-

III) que es necesario modificar la nómina de puestos de trabajo
correspondiente a declaraciones de excedencia y a retiros incentivados a
fin de subsanar las deficiencias padecidas.-

IV) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de que se trata.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 204/999 de 14/07/1999 artículo 1.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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