APROBACION DEL PROYECTO DE REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS




Promulgación: 17/07/2013
Publicación: 29/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 126
Ver vigencia: Decreto Nº 256/016 de 15/08/2016.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

 Los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas deberán:
Tener pleno conocimiento de las tareas, funciones, atribuciones,
obligaciones, normas y procedimientos establecidos para la actividad de su
competencia por las disposiciones legales y reglamentarias y las
resoluciones administrativas.

a)     Cumplir los cometidos a su cargo con integridad, eficiencia,
       disciplina y oportunidad, en el lugar, tiempo y forma que
       establezcan la normativa vigente.
b)     Actuar conforme a las Instrucciones de servicio o disposiciones del
       Jerarca pertinente. Cuando el funcionario considere que no se
       ajustan a las disposiciones en vigencia, sin perjuicio del
       cumplimiento dentro de los límites de su responsabilidad funcional,
       formulará por escrito ante su supervisor o bien al Director
       Nacional en su caso, la objeción que a su juicio corresponda.
c)     Observar, en el cumplimiento de sus tareas, la reserva que impone
       la especial naturaleza de las funciones aduaneras.
d)     Proceder con lealtad hacia la Administración, con respeto hacia sus
       superiores, funcionarios y el público en general.
e)     Asumir la responsabilidad por las tareas, documentaciones e
       informes a su cargo y dar cuenta al superior jerárquico de
       cualquier inconveniente que interfiera en la realización del
       servicio.
f)     Cooperar con su superior jerárquico en todo lo que se vincula con
       las actividades a su cargo.
g)     Asegurar la continuidad de la prestación de los servicios cuando
       sus tareas se lleven a cabo a través de turnos de trabajo, debiendo
       cumplir sus funciones hasta el arribo del relevo respectivo.
h)     Cumplir con los requisitos de idoneidad exigidos para el desempeño
       de tareas de responsabilidad.

La Dirección Nacional de Aduanas brindará la instrucción, capacitación y
herramientas necesarias a sus funcionarios para el eficiente y eficaz
desempeño de sus responsabilidades y deberes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 29 (vigencia).
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