La Administración de los Servicios de Salud del Estado podrá incrementar a partir del 1° de julio de 2024 los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, de convenios colectivos y de núcleo familiar, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos. Estos aumentos no podrán ser superiores a los que surjan de incrementar en hasta 0,68% (cero con sesenta y ocho por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1/024, de 10 de enero de 2024.