FIJACION DE PRECIOS DE ALCOHOLES Y BEBIDAS. ABRIL 1987




Promulgación: 07/04/1987
Publicación: 05/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: que la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland por oficio de fecha 13 de marzo, solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los alcoholes y bebidas que se mencionan.

   Considerando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar los
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio.

   Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a
lo dispuesto por el inciso f), del artículo 3º, de la ley 8.764, del 15 de
octubre de 1931, modificado por el decreto-ley 15.312, del 20 de agosto de
1982,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero del
día 8 de abril de 1987 para los alcoholes y bebidas que elabora la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, que a
continuación se detallan: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y vuelva a sus efectos al Organismo de
procedencia.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - LUIS MOSCA
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