PERSONAS DISCAPACITADAS. PROVISION DE CARGOS PUBLICOS. REGLAMENTACION




Promulgación: 11/06/2007
Publicación: 21/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1217
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.094 Derogada/o de 09/01/2007.

Artículo 11

 En cada oportunidad en que se proceda a la provisión de vacantes al amparo de la presente normativa, los organismos deberán remitir, a la Oficina Nacional del Servicio Civil, conjuntamente con la documentación requerida, la nómina de habilitados para concursar, acompañada de la documentación que acredite dicho extremo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14.
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