PERSONAS DISCAPACITADAS. PROVISION DE CARGOS PUBLICOS. REGLAMENTACION




Promulgación: 11/06/2007
Publicación: 21/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1217
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.094 Derogada/o de 09/01/2007.

Artículo 7

 En caso de incumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5º y 6º del presente decreto, el Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil deberá informar al Poder Ejecutivo y a la Asamblea General de la situación de incumplimiento generada, dentro de los noventa días siguientes al vencimiento del plazo establecido, así como la Institución que la ha generado.
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