FIJACION DE NORMAS PARA CALIFICACIONES EN LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 11/04/1991
Publicación: 03/05/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 429

Artículo 8

    Podrán postularse para los ascensos aquellos funcionarios que ocupen
cargos de grados correspondientes a los tres inmediatos inferiores a la
vacante a proveer.
    De no postularse ningún aspirante, podrán presentarse aquellos
funcionarios que ocupen cargos del grado subsiguiente.
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