FIJACION DE SUELDOS FICTOS PATRONALES BASICOS PARA DIVERSAS ACTIVIDADES




Promulgación: 16/04/1980
Publicación: 30/04/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 686
Referencias a toda la norma

OTROS SUELDOS FICTOS

Artículo 12

   Servicio Doméstico.- El sueldo ficto para los trabajadores  del
servicio doméstico se fija en el equivalente al 85% del salario mínimo
nacional.
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