Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A) del mes de
abril de 1984 en N$ 201,41 (nuevos pesos doscientos uno con 41/100).