VISTO: el artículo 2º del Decreto Nº 530/003, de 23 de diciembre de 2003,
por el cual se fija el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio
correspondiente al año 2003 para las personas físicas, núcleos familiares
y sucesiones indivisas.-
RESULTANDO: que existe inconsistencia entre la cifra expresada en números
y la expresada en letras.-
CONSIDERANDO: necesario sustituir el referido artículo a efectos de
precisar la referida cifra.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 530/003 de 23/12/2003
artículo 2 inciso 1º).