El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
A efectos de adoptar Resolución, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial recabará de la Agencia Nacional de Vivienda, toda la información referente al crédito hipotecario y la gestión del mismo, sin perjuicio de solicitar ante cualquier otro organismo público o privado toda otra información que estime necesaria o conveniente.