REGIMEN DE IMPORTACION DE PAPEL CON DESTINO EDITORIAL




Promulgación: 12/06/1996
Publicación: 27/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1209

Artículo 5

 La venta de papel ingresado con alícuota 0% sólo podrá realizarse por
quien haya realizado la importación o una empresa beneficiaria del
presente régimen.
 La factura correspondiente deberá incluir las siguientes constancias:
 1) Destino exclusivamente para la impresión de libros, directorios,
diarios y demás publicaciones de interés general, del papel objeto de la
transacción.
 2) Responsabilidad solidaria del comprador por el destino del papel.
 3) Fecha y número del documento único de importación por el cual fue
importado el papel objeto de la transacción.
Ayuda