FIJACION DE UR, CRA. DICIEMBRE 1974. ENERO 1975




Promulgación: 02/01/1975
Publicación: 15/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 39
     Visto: el sistema de actualización de los precios de los
arrendamientos previsto por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974.

     Resultando: que el artículo 15 de la citada ley comete al Poder
Ejecutivo la fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable, con la
finalidad de determinar los incrementos a considerar en cada ajuste de
alquiler.

     Atento: al informe del Banco Hipotecario del Uruguay sobre la
variación del Indice Medio de Salarios elaborada por la Dirección General
de Estadística y Censos,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable, correspondiente al mes de
diciembre de 1974, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley
14.219 de 4 de julio de 1974 y modificativas, en $ 8.556 (ocho mil
quinientos cincuenta seis pesos m/n).
Referencias al artículo

   BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA
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