De acuerdo al valor precedentemente establecido y al fijado por el
artículo 15 de la ley 14.219 para el mes de diciembre de 1973, la
determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de
1975, considerando lo dispuesto por el artículo 119 de la citada norma,
se efectuará multiplicando el último alquiler por el siguiente índice:
1.7112.