REGLAMENTACION LEY SOBRE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE. URBANIZACION




Promulgación: 11/05/2009
Publicación: 20/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1176
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.308 de 18/06/2008,
      Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículo 48,
      Ley Nº 13.493 de 20/09/1966 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Capítulo III
Dictamen de viabilidad territorial

Artículo 14

 (Elaboración) El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente adoptará las medidas que estime pertinentes, para posibilitar la
participación técnica en la elaboración del dictamen de viabilidad
territorial de la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial, según
sus competencias y sin desmedro del cumplimiento de los plazos y fines del
respectivo procedimiento administrativo.
El dictamen contendrá un análisis técnico del proyecto desde la
perspectiva de su viabilidad territorial. El Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá establecer los criterios
a esos efectos.
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