APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2000




Promulgación: 20/06/2001
Publicación: 29/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1734

CAPITULO I - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 18

 Extiéndese al presente Presupuesto, la vigencia de lo previsto en el 
artículo 18º del Decreto Nº 66/000, de 18 de febrero de 2000, por el cual 
se autoriza a la Dirección General de Casinos a abonar a sus 
funcionarios, becarios y pasantes, la suma de $ 16.316,oo (pesos 
uruguayos dieciseis mil trescientos dieciséis) para gastos de 
vestimenta.-
Dicho monto se abonará fraccionado en dos partidas, una al comienzo de la 
temporada invernal, y la restante, al inicio de la estival, para sufragar 
los gastos de indumentaria exigidos por el Organismo.-
Las citadas partidas se ajustarán en función de la variación del IPC al 
momento de la liquidación respectiva, estando expresado dicho monto a 
precios de enero de 2000.-
A partir de la primera liquidación y pago de la partida prevista en el 
presente artículo, la misma estará sujeta a las contribuciones patronales 
y personales a la seguridad social.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31.
Referencias al artículo
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