EMISION DE LETRAS DE TESORERIA. TASA DE INTERES FIJO 4,5%




Promulgación: 21/06/2002
Publicación: 02/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 1169
VISTO: la conveniencia de emitir una nueva Serie de Letras de 
Tesorería.-

CONSIDERANDO: lo dispuesto por la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de
2001.-

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter
de Agente Financiero del Estado.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Autorízase al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente 
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de U$S 200:000.000,oo 
(doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América) en 
títulos denominados "Letras de Tesorería - Tasa de Interés Fijo 4,5% 
(cuatro con cinco por ciento anual)" con vencimiento del día 24 de julio 
de 2002.-
El Banco Central del Uruguay establecerá la forma y montos de emisión de 
las referidas Letras.-

Artículo 2

 Fíjase el 24 de junio de 2002 como fecha de emisión de las referidas 
Letras.-

Artículo 3

 El Banco Central del Uruguay podrá adquirir las Letras de Tesorería 
autorizadas por este Decreto.-

Artículo 4

 Los gastos de impresión de valores, transferencias, comisiones, 
propaganda y toda otra erogación necesaria para la administración de esta 
serie serán imputables a los recursos provenientes de la propia 
colocación de las Letras.-

Artículo 5

 Comuníquese, publíquese, etc..-

BATLLE - ALBERTO BENSION


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