(Contrataciones) Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a
contratar los recursos humanos necesarios, a fin de desempeñar las tareas
de gestión y ejecución del Programa "Objetivo Empleo" de acuerdo al
régimen previsto en los artículos 29 a 42 de la Ley Nº 17.556 de 18 de
setiembre de 2002 con la modificación introducida por el artículo 48 de la
Ley Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006 y disposiciones del Decreto
Reglamentario Nº 85/003 de 28 de febrero de 2003, todo de acuerdo con las
modificaciones introducidas por la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.
Los gastos de administración y evaluación del programa, incluidos los
contratos a término celebrados según lo dispuesto en el inciso anterior,
no podrán superar el 5,5% del monto previsto en el artículo 244 de la Ley
18.172 del 31 de agosto de 2007.