Visto: el decreto 102/986 de 13 de febrero de 1986.
Resultando: que el referido decreto tiene indirecta incidencia en
materia de seguridad social.
Considerando: que lo expuesto hace aconsejable la suspensión de su
vigencia a los efectos de realizar un análisis exhaustivo de su
incidencia en la materia indicada.
Atento: a lo expresado,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Suspéndase la vigencia del decreto 102/986, de 13 de febrero de 1986.