VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, por la que solicita se efectúen las correcciones de los errores
y omisiones que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296,
de 21 de febrero de 2001.-
RESULTANDO: I) que se constató que se cometió error en el Planillado de
Estructuras de Cargos y Contratos de Función Pública anexo a la Ley de
Presupuesto (Tomo V), en el Inciso 08 "Ministerio de Industria Energía y
Minería", Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de la Propiedad
Industrial", en cuanto a la denominación del cargo del Director de la
mencionada Unidad.-
II) que la modificación que se gestiona no implica cambios en los costos
presupuestales reflejados en el Planillado de Gastos de Funcionamiento
(Tomo III).-
CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar la corrección del referido
error.-
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase, en el Planillado de Estructuras de Cargos y Contratos de
función Pública anexo a la Ley de Presupuesto (Tomo V), en el Inciso 08
"Ministerio de Industria, Energía y Minería", Unidad Ejecutora 004
"Dirección Nacional de la Propiedad Industrial", para los ejercicios 2001
a 2004, de acuerdo al siguiente detalle:
Donde dice:
"Inciso 08 Unidad Ejecutora 004 Programa 004 Proyecto 000 Nat. 814
(artículo 7º Ley 16.320) Director del Centro Nacional de la Propiedad
Industrial.-"
Debe decir:
"Inciso 08 Unidad Ejecutora 004 Programa 004 Proyecto 000 Nat. 814
(artículo 7 Ley 16.320) Director Técnico de la Propiedad Industrial.-"