La Administración de los Servicios de Salud del Estado podrá incrementar a partir del 1° de julio de 2021 los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, de convenios colectivos y de núcleo familiar, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos. Estos aumentos no podrán ser superiores a los que surjan de incrementar en hasta 1,63% (uno con sesenta y tres por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 42/021, de 26 de enero de 2021.