Los titulares de matrículas que hubieran enviado a planta, en ambos
períodos, volúmenes de leche que superen en más de dos puntos los
porcentajes de remisión entre leche consumo y leche industria, tendrán
opción para ser adjudicatarios de cuotas hasta alcanzar dicho porcentaje,
tomando la menor diferencia entre ambos períodos.