FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES. JUNIO 1990




Promulgación: 31/05/1990
Publicación: 25/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

    Fíjase el precio de venta de ANCAP a UTE para el fuel oil pesado en 
N$ 147.200,00 (incluido el Impuesto al Valor Agregado) por mil litros; para el fuel oil especial en N$ 170.900,00 (incluido el Impuesto al Valor Agregado) por mil litros; y para el gas oil en N$ 198.300,00 por mil litros. Estos precios serán de aplicación para el 75 % de las transacciones de fuel oil pesado, de gas oil y fuel oil especial entre ambos Ente para atender la generación térmica de energía eléctrica a partir de la fecha de vigencia de este decreto. 
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