La Dirección Nacional de Identificación Civil habilitará un Servicio de
Identificación Confirmada (S.IDE.CO.) a efectos de confirmar los datos
básicos de identificación de personas físicas (nombres, apellidos, fecha y
lugar de nacimiento, sexo y nacionalidad) que consten en sus bases de
datos a aquellos organismos públicos y privados que soliciten dicha
confirmación en base al número de cédula de identidad y hayan contratado
dicho servicio, en el caso de corresponder.
Las tasas correspondientes a este servicio serán determinadas por lo
establecido en el Art. 151 de la Ley 16.736 del 5 de enero de 1996 y el
Art. 81 de la Ley 16.462 del 11 de enero de 1994.