Exonérase del Impuesto al Patrimonio para los ejercicios cerrados hasta
el 28 de febrero de 2005, a las industrias manufactureras en la parte del
giro relativa a la producción de los bienes mencionados en el artículo 1º
del presente Decreto.-
(*)Notas:
Ver vigencia:
Decreto Nº 629/006 de 27/12/2006 artículo 1,
Decreto Nº 520/005 de 19/12/2005 artículo 1,
Decreto Nº 198/005 de 27/06/2005 artículo 1.