VISTO: que por Decreto Nro. 374/008 de 4 de agosto de 2008 se procedió a
la actualización de los aspectos relativos al otorgamiento del uso de
frecuencias para la radiodifusión comercial.
CONSIDERANDO: que es conveniente introducir modificaciones en la normativa
vigente de forma de, compatibilizar los plazos para la elaboración y
presentación de las propuestas, el tipo de estación y los tiempos
involucrados en cada uno de los llamados públicos.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 374/008 de 04/08/2008
artículo 2.