VISTO: los Decretos Nros. 135/018, de 7 de mayo de 2018, 170/018, de 4 de junio de 2018 y 264/018, de 27 de agosto de 2018;
RESULTANDO: I) que los Decretos mencionados promovieron programas de beneficios comerciales de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas para empresas y establecimientos industriales;
II) que la última prórroga otorgada por el Decreto N° 25/021, de 19 de enero de 2021, para los referidos programas de beneficios, fue concedida hasta el 31 de marzo de 2021;
CONSIDERANDO: que como medida de apoyo a la actividad industrial del país se entiende conveniente extender la prórroga de los programas de beneficios hasta el 30 de junio de 2021;
ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto por los Decretos Nros. 135/018, de 7 de mayo de 2018, 170/018, de 4 de junio de 2018, 264/018, de 27 de agosto de 2018 y 25/021, de 19 de enero de 2021;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a prorrogar, desde el 1° de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, los programas de beneficios promovidos por:
* Decreto N° 135/018, de 7 de mayo de 2018
* Decreto N° 170/018, de 4 de junio de 2018
* Decreto N° 264/018, de 27 de agosto de 2018
LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE