CAPITULO II - DEL COMETIDO DE LAS DEPENDENCIAS DEL DEPARTAMENTO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS
Artículo 50
Serán cometidos de este Departamento los siguientes:
A) Designar y controlorear los servicios bajo el régimen del artículo
222º de la ley 13.318, del 28 de diciembre de 1964 y artículo 193º
de la ley 12.376, del 31 de enero de 1957;
B) Disponer lo pertinente a fin de que se efectúen recorridas periódicas
de los servicios contratados, dando cuenta al Comando de la Dirección
del resultado de las mismas, sin perjuicio del contralor que por
razones de jurisdicción efectúen las Comisarías Seccionales. (*)