CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. GRUPOS DE ACTIVIDAD. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO N° 27 PRODUCTOS QUIMICOS PINTURAS Y PERFUMES. SUBGRUPO FABRICA DE PINTURAS ESMALTES BARNICES




Promulgación: 22/03/1988
Publicación: 24/05/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: las actuaciones enmarcados en los Consejos de Salarios instituidos por decreto 178/985 del 10 de mayo de 1985;

   Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los Delegados Sectoriales;

   II) Que no obstante lo señalado en el Resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado los sectores directamente interesados;

   III) Que habiéndose citado a las partes en Consejo de Salarios del Grupo 27 "Productos Químicos, Pinturas y Perfumes", subgrupo Inciso B "Fábricas de Pinturas, Esmaltes, Barnices, Tintas, Hidrófugos, etc." se logró el acuerdo que fue suscrito en Acta de fecha 26 de noviembre de 1987.

   Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos 
requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la aplicación de la ley 10.449 de 12 de noviembre de 1943, podría dar lugar 
a cuestionamientos de orden legal;

   II) Que a los efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791 del 8 de junio de 1978.

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio de 1978,

   El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse con carácter nacional, los siguientes salarios mínimos por categorías para los trabajadores comprendidos en el Grupo N° 27 
"Productos Químicos, Pinturas y Perfumes" Subgrupo Inc. B "Fábrica de Pinturas, Esmaltes, Barnices, etc." con vigencia desde el 1° de octubre
de 1987 y hasta el 31 de enero de 1988.

                     Personal Obrero

Categoría                                              Salario por hora
  

   I) Etiquetadora
       Peón de Depósito y Expedición ....                     N$  206,20

  II) Operario de Limpieza y Mantenimiento
       y de Utiles de Laboratorio
       Operario de Empaque de Sachets ...                     "   206,20

 III) Embalador de Pedidos
      Apartador de Pedidos
      Envasador manual
      Operario envasador de Pomos
      Operario tareas auxiliares de Env.                      "   206,20
  IV) Operario envasado y Depósito
      Operario General de Expedición
      Operario de Envasado en Sachets
      Peón Elaborador de Tizas
      Operario General de Mantenimiento
      Peón (Materia Prima) .............                      "   206,20
   V) Conductor de Montacargas
      Peón de elaboración de Hidrófugos
      Operario de Producción
      Operario de Depósito Inflamables
      Operario de Lavadero
      Operario de máquina envasadora
      Operario de Control y Envase de 
       Tintas ..........................                      "   206,20

Categoría                                              Salario por hora


  VI) Conductor de Moto Elevadora
      Operario máquina envasadora, tapadora
       automática
      Operario general envasado y filtrado
      Operario de depósito de Materias Primas
       o envases
      Operario de Moliendas y envases de
       Tizas
      Operario de secadero de Tizas
      Operario de Almacén y Herram.                           "   208,50
 VII) Operario de Recepción y Ordenamiento
      de Depósitos de Productos Elaborados
      Operarios de Molinos de Arena
      Operarios de Molinos de Cilindro
      Albañil
      Operarios de Molinos de Bola
      Operario de Balancín ...........                       "    213,40
VIII) Operario "B" de Barnices
      Operario de Máquinas Chips
      Operarios Ceras, Pomadas y otros
      Operario de Mezcla
      Operario de Preparación de Hidrófugos
      y similares
      Operario de Disolución
      Operario de Mezcla y Molienda                          "    222,50
  IX) Operario Elaborador de Resinas
      Operario control de Expedición
      Operario Elaborador de Tintas
      Maquinista de Envasadora Automática
       Sachets .........................                     "    229,60
   X) Operario Dilución y Colores
      Operario General de Elaboración
      Chofer Repartidor ................                     "    236,10
  XI) Colorista
      Operario Elaboración y Envase de
       Lacas
      Operario "A" Elaboración Barnices y
      otros
      Chofer de suministros
      Electricista
      Operario de Reactor de Resinas ..                      "    242,90
 XII) Medio Oficial Mecánico .........                       "    250,00
XIII) Operario especializado en Tizas
      Operario "A" de Ceras, Resinas 
      y otros .......................                        "    256,40
 XIV) Oficial Mecánico ...............                       "    264,40

                          Personal Administrativo

Categorías                                             Salario Mensual

   I) Auxiliar "C" .....................                  N$   41.252.00
  II) Telefonista, Recepcionista .......                   "   41.252.00
 III) Sereno "C"
      Chofer de Administración .........                   "   41.252.00
   V) Preparador de Sección Mecanizada
       y funciones de Computación
      Auxiliar de Ventas
      Auxiliar de Contaduría
      Auxiliar "B" .....................                   "   43.315.00
  VI) Encargado de Archivo
      Auxiliar de Personal
      Sereno "B"
      Auxiliar de Comercialización y
       Administración
      Auxiliar de Jefatura de Prod.
       Mercado y Estadística ...........                   "   47.133,00
 VII) Auxiliar de compras
      Cobrador
      Cajero
      Sereno - Portero Nocturno
      Auxiliar de Fórmulas y Costos
      Auxiliar de Ventas
      Operario de Máquina de Registro
       Directo
      Auxiliar de Importaciones .......                    "   50.804,00
VIII) Auxiliar "A"
      Secretaria Dactilografía .......                     "   53.282,00

Categorías                                             Salario Mensual

  IX) Auxiliar de Trámites
      Jefes de Estudio de Mercado y
       Estadística
      Encargado de Sección Mecanizada ..                   "   56.588,00
   X) Jefe de Recepción y Expedición
      Promotor .........................                   "   59.705,00
  XI) Encargado de Créditos, Cobranzas
       y Cuentas Corrientes
      Tenedor de Libros
      Jefe de Personal de fábrica
      Encargado de Despacho de Ventas
      Supervisión Administrativa de
      Supervisor Administrativo de Ventas
       Producción ......................                   "   63.022,00
 XII) Vendedor exclusivo a sueldo ....                     "   76.761,00
      Vendedor exclusivo a sueldo y 
       comisión .......................                    "   41.252,00
 XII) Jefe de equipo de Vendedores ....                    "   76.239,00
      Jefe de Productos ...............                    "   82.046,00

                           Personal de Supervisión

Categoría                                             Salario Mensual

   I) Encargado de Elaboración de 
       Barnices
      Encargado de Elaboración de 
      Hidrófugos .......................                   "   49.666,00
  II) Encargado de Reactor
      Encargado de Laboratorio de
      Control 
      Encargado de envasado
      Encargado de Molienda y Mezcla ..                    "   53.086,00
 III) Capataz de Dpto. Mat. Prima y/o
       Envases
      Encargado de Dilución y Colores
      Capataz de Expedición
      Encargado de Recepción y Exped.                      "   55.795,00
   V) Capataz de Diluciones, Colores y
       Envasados
      Capataz, barnices, resinas y lacas
      Capataz Mezcla y Molienda .......                    "   62.898,00
  VI) Capataz de Taller y Mantenimiento
      Capataz General ..................                   "   66.440,00

                           Personal de Laboratorio

Categoría                                             Salario por hora

   I) Ayudante Operario de Lab. de Control              N$     206,20 
  IV) Operario de Lab. de Control 
      Ayudante "B" de Lab. Gral. .......                "      236,00
   V) Operador de Lab. de Resinas y
       Barn. ...........................                "      247,10
  VI) Operador de Lab. de Análisis de
       Materias Primas
      Operario de Ensayo de Lab. y 
       Control de Proceso
      Operario "A" de Lab. Gral. ......                 "      258,30
 VII) Ayudante idóneo de Lab. .........                 "      265,20
VIII) Ayudante idóneo de Lab. y Visit.                  "      275,40 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Los trabajadores comprendidos en este decreto cuyas remuneraciones
sean superiores a los mínimos establecidos en el artículo anterior, percibirán un aumento general del 17,78% sobre los salarios vigentes al
30 de setiembre de 1987 a regir desde el 1° de octubre de 1987 y hasta el
31 de enero de 1988.

Artículo 3

   Cuando existan trabajadores no categorizados en los laudos y/o 
decretos del presente grupo, este Consejo de Salarios determinará la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores, teniendo en cuenta las categorías ya laudadas en esta rama de actividad.

Artículo 4

   Establécese que los precios y/o servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más del 14% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa por concepto del incremento de
los ingresos del personal otorgados en el presente decreto.

Artículo 5

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de enero de 1988 ningún otro aumento que eventualmente se disponga podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.

Artículo 6

   Comuníquese, publíquese, etc.

TARIGO - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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