VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones
que se comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero
de 2001.-
RESULTANDO: que del análisis de los créditos aprobados en el planillado
anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, se
constató que por error no quedó registrado para los ejercicios 2001 al
2004, en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", Unidad
Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Coordinación en el Interior", en el
Objeto del Gasto 251 "Arrendamiento de Inmuebles Contratados Dentro del
País", el monto correspondiente al arrendamiento en dólares de la carpeta
Nº 601.910 relativa a la Oficina de Trabajo de la Ciudad de la Costa.-
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos
errores y omisiones.-
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero
de 2001, en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social",
Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Coordinación en el Interior",
el crédito asignado al Objeto del Gasto 251 "Arrendamiento de Inmuebles
Contratados Dentro del País", Financiación 1.1, Moneda 01, para los años
2002 a 2004, según el siguiente detalle:
(moneda valor 1/1/2000)
OBJETO 2002-2004
251 97.608