INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. JULIO - DICIEMBRE 2015




Promulgación: 24/09/2015
Publicación: 02/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

   El incremento máximo autorizado en los artículos 3°, 4° del presente Decreto sólo podrá ser aplicado hasta en el mes siguiente al de su entrada en vigencia, no pudiendo ser llevado a cabo en fecha posterior.
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