El valor del Costo Promedio Equivalente para el Seguro Nacional de Salud, previsto en el inciso 3° del artículo 55 de la Ley N° 18.211 de 5 de diciembre de 2007, en la redacción dada por el artículo 9° de la Ley
N° 18.731 de 7 de enero de 2011, y reglamentado por el Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011, se establece en $ 2.102,00 (pesos uruguayos dos mil ciento dos), a partir del 1° de julio de 2015. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 285/015 de 20/10/2015 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 258/015 de 24/09/2015 artículo 7.