FIJACION DEL PRECIO DE ORIENTACION DEL TRIGO. COSECHA 1977/78




Promulgación: 11/05/1977
Publicación: 26/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 910
  Visto: la conveniencia de la fijación de precios de orientación del
trigo de la zafra 1977/78.

  Considerando: la utilidad de que el productor tenga indicadores a
efectos de elaborar sus planes de siembra.

  Atento: a lo establecido en la ley 10.940 de 19 de setiembre de 1947,

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase el precio de orientación del trigo para la cosecha 1977/78 en
N$ 56.00 (son nuevos pesos cincuenta y seis) por cada 100 (cien)
kilogramos de grano, grado 1 peso hectolitros 78, a granel, puesto en
depósito habilitado. Este precio estará sujeto:

a)   A las variaciones que por calidad se establecerá oportunamente;

b)   A los ajustes que se efectuarán en el momento de producirse la
     recolección del cereal.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

MENDEZ - ESTANISLAO VALDES OTERO
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