COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES. EXONERACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 23/07/1964
Publicación: 07/08/1964

Resumen:

Prorrógase por el término de ciento ochenta días, la exoneración de 
derechos aduaneros y adicionales, tributos a la importación o aplicados 
en ocasión de la misma, impuestos a las transferencias de fondos al 
exterior y tasas portuarias, acordada a las importaciones de máquinas y equipos para la producción de virus aftosos destinados a la elaboración 
de vacunas antiaftósicas.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 320/965 de 22/07/1965 artículo 1,
      Decreto Nº 53/965 de 11/02/1965 artículo 1.

Artículo 2


		
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