HABILITACION A INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA PRIVADA. SEGUROS DE COBERTURA PARCIAL




Promulgación: 07/06/1994
Publicación: 16/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 645

Artículo 5

   Las infracciones a lo dispuesto en el presente Decreto serán
sancionadas por el Ministerio de Salud Pública de acuerdo a lo establecido
en el Decreto Nº 508/987 de 8 de setiembre de 1987.
Ayuda