CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE ABIERTA




Promulgación: 07/08/2006
Publicación: 15/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 265
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 La Comisión Nacional de Televisión Digital Terrestre Abierta contará con
un Comité Ejecutivo como órgano ejecutivo, compuesto por los
representantes de la Secretaría de la Presidencia de la República que la
presidirá, del Ministerio de Industria, Energía y Minería, de la URSEC,
de Canal 5 Sistema de Televisión Nacional, de ANDEBU y de la Universidad
de la República.
El Comité Ejecutivo elaborará y aprobará por mayoría absoluta de sus
miembros el reglamento de funcionamiento de la Comisión.
El Comité Ejecutivo coordinará con la URSEC todo lo relativo a la
infraestructura necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
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